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Divorcios — Mar del PlataAbogado de Divorcio Express en Mar del Plata
Divorcio de común acuerdo o unilateral, convenio regulador y división de bienes. Te explicamos cómo funciona el trámite antes de iniciarlo.
Qué resuelve un divorcio
Situaciones habituales en la práctica de familia del estudio.
Divorcio express
Trámite del divorcio incausado del artículo 437 del Código Civil y Comercial, sin necesidad de invocar causa ni culpa.
Divorcio de común acuerdo
Presentación conjunta con convenio regulador acordado entre ambos cónyuges: la vía más simple y rápida.
Divorcio unilateral
Presentación de uno solo de los cónyuges, con o sin conformidad del otro sobre los efectos.
Convenio regulador
Redacción del acuerdo sobre vivienda, bienes y compensaciones económicas.
División de bienes
Liquidación de la comunidad: calificación de bienes propios y gananciales y adjudicación entre los cónyuges.
¿Qué es el divorcio express?
«Divorcio express» no es una figura del Código: es el nombre con el que se popularizó el divorcio incausado, el único régimen vigente en Argentina desde la reforma del Código Civil y Comercial. El artículo 437 lo define con una frase corta: el divorcio se decreta judicialmente a petición de ambos cónyuges o de uno solo de ellos.
Eso significa que ya no hay que invocar una causa, ni probar culpas, ni acreditar un tiempo mínimo de matrimonio o de separación previa. Se le dice «express» precisamente porque, al desaparecer la discusión sobre las causas, el proceso quedó mucho más simple que el del régimen anterior. Lo que sí sigue siendo obligatorio es que lo decrete un juez y que las partes actúen con patrocinio letrado.
Divorcio de común acuerdo y divorcio unilateral
La diferencia no está en el tipo de divorcio —hay uno solo— sino en cómo se presenta:
- Divorcio de común acuerdo: los dos cónyuges se presentan juntos y acompañan un convenio regulador acordado. Es la vía más rápida y la más económica, y permite que un mismo abogado patrocine a ambos si no hay conflicto de intereses.
- Divorcio unilateral: lo pide uno solo. El otro cónyuge es notificado y puede ofrecer una propuesta distinta sobre los efectos. El artículo 438 del Código Civil y Comercial es expreso en un punto que suele generar dudas: el desacuerdo sobre el convenio no suspende el dictado de la sentencia de divorcio. El vínculo se disuelve igual y la discusión sobre los efectos continúa por separado.
Por eso nadie queda “atrapado” en un matrimonio porque el otro no firme: la negativa del otro cónyuge puede alargar la discusión sobre los bienes, pero no impide el divorcio.
El convenio regulador: qué se define junto con el divorcio
El artículo 438 exige que toda petición de divorcio se acompañe con una propuesta que regule sus efectos, y el artículo 439 enumera qué puede contener ese convenio regulador:
- La atribución de la vivienda familiar.
- La distribución de los bienes.
- Las eventuales compensaciones económicas entre los cónyuges.
- El ejercicio de la responsabilidad parental, el cuidado personal de los hijos y el régimen de comunicación.
- La prestación alimentaria que corresponda.
Un convenio bien armado es la diferencia entre cerrar el tema de una vez y volver al juzgado dentro de dos años a discutir lo que quedó abierto.
División de bienes: comunidad y separación de bienes
Qué pasa con los bienes depende del régimen patrimonial del matrimonio. El Código Civil y Comercial permite optar, por convención matrimonial, entre el régimen de comunidad y el de separación de bienes; si no se eligió nada, rige la comunidad.
En el régimen de comunidad se distingue entre bienes propios (los que cada uno tenía antes del matrimonio o recibió por herencia o donación) y bienes gananciales (los adquiridos durante el matrimonio). Al disolverse la comunidad, los gananciales se dividen; los propios no. La discusión concreta casi siempre pasa por la calificación de un bien determinado y por su valuación, no por la regla general.
Compensación económica
Los artículos 441 y 442 del Código Civil y Comercial prevén que el cónyuge a quien el divorcio le produce un desequilibrio manifiesto que implique un empeoramiento de su situación, con causa en el matrimonio y en su ruptura, pueda reclamar una compensación económica. Puede consistir en una prestación única, en una renta por tiempo determinado o en el usufructo de bienes, y tiene un plazo de caducidad breve contado desde la sentencia de divorcio, lo que hace importante evaluarla a tiempo.
¿Cuánto cuesta un divorcio?
Como en todo el fuero, los honorarios pueden convenirse por escrito entre el cliente y el abogado. En ausencia de convenio, en la Provincia de Buenos Aires se regulan judicialmente conforme la Ley 14.967 y se expresan en JUS, la unidad arancelaria cuyo valor actualiza la Suprema Corte de Justicia bonaerense. A los honorarios se suman los costos propios del trámite —aportes previsionales de ley, tasas y gastos de las partidas y certificados que haya que acompañar—.
Sobre esa base, lo que hace variar el costo es la complejidad: una presentación conjunta con convenio regulador cerrado y sin bienes registrables no se compara con un divorcio unilateral en el que además hay que liquidar la comunidad, discutir la vivienda familiar. Por eso el costo se conversa en la primera consulta, cuando ya se sabe qué hay que resolver, y no antes.
Divorcios en Mar del Plata
El artículo 717 del Código Civil y Comercial fija la competencia: en las acciones de divorcio interviene el juez del último domicilio conyugal o el del demandado, a elección de quien inicia, o el de cualquiera de los cónyuges si la presentación es conjunta. En la práctica, si el último domicilio conyugal estuvo en Mar del Plata, el divorcio tramita ante los juzgados de familia del Departamento Judicial de Mar del Plata.
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Este contenido tiene carácter informativo general y no reemplaza el asesoramiento legal sobre un caso concreto. Cada situación familiar tiene particularidades propias —bienes, hijos, acuerdos previos— que conviene analizar de forma individual.
El proceso, paso a paso
Consulta y análisis del caso
Se releva la situación del matrimonio, si hay hijos, bienes registrables y acuerdos previos entre las partes.
Reunión de documentación
Se ordenan acta de matrimonio, partidas de los hijos, títulos y demás documentación que haya que acompañar.
Definición de la vía y del convenio
Se define si corresponde una presentación conjunta o unilateral y se redacta la propuesta de convenio regulador.
Trámite hasta la sentencia y su inscripción
Seguimiento del expediente hasta la sentencia de divorcio y su anotación marginal en el Registro Civil.
Dudas habituales
¿Qué es el divorcio express?
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«Divorcio express» no es un término legal: es el nombre coloquial del divorcio incausado que rige en Argentina desde la reforma del Código Civil y Comercial. El artículo 437 establece que el divorcio se decreta judicialmente a pedido de ambos cónyuges o de uno solo, sin necesidad de invocar causa ni de probar la culpa de nadie. Se lo llama «express» porque, al no discutirse las causas, el proceso es mucho más simple que el del régimen anterior.
¿Se puede pedir el divorcio si el otro cónyuge no está de acuerdo?
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Sí. El divorcio puede pedirlo un solo cónyuge: es lo que se conoce como divorcio unilateral. El artículo 438 del Código Civil y Comercial prevé que el otro cónyuge pueda presentar una propuesta distinta sobre los efectos del divorcio, pero el desacuerdo sobre ese convenio no suspende el dictado de la sentencia.
¿Cuánto cuesta un divorcio?
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Los honorarios pueden convenirse por escrito entre el cliente y el abogado. En ausencia de convenio, en la Provincia de Buenos Aires se regulan judicialmente conforme la Ley 14.967 y se expresan en JUS, una unidad arancelaria cuyo valor fija la Suprema Corte de Justicia bonaerense. A eso se suman los costos propios del trámite judicial. El total depende de si la presentación es conjunta o unilateral y de cuántos efectos haya que resolver (bienes, vivienda), así que no hay una cifra general aplicable a todos los casos.
¿El divorcio se tramita en el Registro Civil?
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No. El divorcio es un proceso judicial y lo decreta un juez de familia. El Registro Civil interviene después de la sentencia, para tomar nota de ella al margen del acta de matrimonio, que es lo que permite acreditar el nuevo estado civil.
¿Se puede hacer un divorcio de común acuerdo con un solo abogado?
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En determinadas presentaciones conjuntas puede analizarse la intervención de un patrocinio común, siempre que no exista conflicto de intereses entre los cónyuges. Cuando existen diferencias sobre bienes, vivienda, alimentos o los hijos, resulta recomendable —o necesario— que cada cónyuge cuente con asesoramiento independiente.
¿Hay que esperar un tiempo mínimo de matrimonio o de separación?
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No. El Código Civil y Comercial eliminó los plazos mínimos que exigía el régimen anterior: no hay que acreditar un tiempo mínimo de matrimonio ni un período previo de separación para pedir el divorcio.
¿Cuánto tarda un divorcio?
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Depende del juzgado, de si la presentación es conjunta o unilateral y de si hay acuerdo sobre los efectos. Un divorcio de común acuerdo con convenio regulador completo avanza mucho más rápido que uno en el que hay que discutir bienes o vivienda. No es posible garantizar un plazo.
¿Existe el divorcio gratis y qué cubre realmente?
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El patrocinio letrado es obligatorio y el trámite tiene costos judiciales, así que no hay un divorcio «sin abogado». Lo que sí existe es asistencia jurídica gratuita para quien no puede afrontarlos: los consultorios jurídicos gratuitos de los colegios de abogados y las defensorías oficiales brindan patrocinio sin cargo según los requisitos de admisión de cada organismo, y el Código Procesal Civil y Comercial prevé el beneficio de litigar sin gastos, que exime de tasas y costas a quien acredita no poder pagarlas. Ninguna de esas vías reemplaza al abogado: son formas de acceder a uno sin costo. Los formularios y servicios «online sin abogado» que circulan en internet no permiten obtener una sentencia de divorcio, porque el proceso es judicial y exige patrocinio letrado.
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